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Con este decreto ley, a propuesta conjunta de las conselleries de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad y Hacienda y Modelo Económico, el Gobierno valenciano pretende paliar los graves perjuicios que el estado de alarma ha provocado en amplios sectores productivos entre los que se encuentran los operadores portuarios de los puertos de titularidad de la Generalitat, sobre los que la crisis sanitaria ha impactado enormemente ante la notoria disminución de la demanda de sus servicios.

Por ello, se ha considerado necesaria una deducción de carácter temporal para las tasas portuarias desde el 14 de marzo de 2020, fecha en la que se decretó el estado de alarma, hasta el día 21 de junio de 2020, en que terminó.

Además, desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma y durante los cuatro meses siguientes, se establece una deducción del 50% de la cuota resultante de aplicar el tipo de gravamen sobre la base imponible de las tasas por uso y ocupación de espacios y de las tarifas G-2 «Barcos» y G-3 «Pasajeros y mercancías» reguladas por la Ley 1/1999 de 31 de marzo, de tarifas portuarias, a los operadores portuarios en el ámbito de competencia de los puertos de la Generalitat.

También se establece una moratoria en las liquidaciones de tasas que se generan por uso y ocupación de espacios portuarios y servicios prestados, de forma que las liquidaciones afectadas en el periodo 2020-2021 se verán postergadas en su emisión y cobro hasta el 31 de diciembre de 2021.

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